Por Argentina sin Juicios por Jurado
Opinando sobre el juicio por jurados |
Todos somos mayormente burros, porque el saber es inabarcable y nadie puede acaparar todo el conocimiento. Todos hemos dicho burradas alguna vez (y lo seguiremos haciendo), porque opinar está siempre dentro de nuestros primeros instintos (hasta diría que es un derecho inalienable poder opinar de todo). Por eso este artículo no pretende ser una censura para nadie (porque errare humanum est), pero sí un llamado de atención: la desinformación a veces nos deja opinando a favor de cosas que no quisiéramos.
Es posible apreciar cada tanto, que algún columnista ingenuo que ha sido víctima de la desinformación y ha caído en las trampas de los slogans vacíos y sofísticos, para llenar las páginas de algún periódico, sale a opinar a favor de la implementación del juicio por jurados en la provincia de Buenos Aires.
No está mal que lo haga, pues hay que decir que opinar hace a su derecho. Pero invariablemente, a la tercera palabra dicha o escrita, se pone en evidencia que esa persona jamás pisó un tribunal criminal, que no tiene ni idea de cómo es el proceso penal actual y que tiene nulos conocimientos de derecho penal.
En una palabra: que es un burro total en materia de justicia penal ―al igual que los jueces en cuestiones periodísticas― sin la más remota idea de lo que está hablando, escribiendo o rebuznando.
La primera burrada que se dice es que los juicios penales en la actualidad son procesos escritos, secretos, de lenguaje impenetrable para la mayoría, etc., y que el juicio por jurados, con su oralidad, vendría a dar mayor transparencia y publicidad a los juicios... ¡Que rebuzno!
En la provincia de Buenos Aires hace más de 15 años que los juicios son completamente orales, las audiencias son absolutamente públicas y todo lo que ocurre en un juicio oral es perfectamente accesible al entendimiento de cualquier persona promedio. No hay más que acercarse algún día a los tribunales provinciales y presenciar una audiencia de debate para poderlo constatar.
La segunda burrada que se afirma es que con el juicio por jurados se va a acabar el papelerío inútil, los expedientes innecesarios y la escritura superflua... ¡Otro rebuzno!
Debemos aclarar ―para que no se opine ligeramente― que el juicio por jurados viene a reemplazar el órgano juzgador en el juicio que ya hace años que es oral, de modo que no se va a suprimir nada de lo escrito (que pertenece a la investigación fiscal y a la etapa recursiva).
Si se quisiera suprimir algún tramo de esa parte escrita (lo que sería una excelente idea), las medidas a tomar nada tendrían que ver con la implementación del juicio por jurados.
Lo que sí se va a suprimir con el juicio por jurados es la única pieza escrita fundamental del proceso penal (y por ende, no superflua): los fundamentos del veredicto en los que se le explica al acusado por qué se lo condena, o a la presunta víctima por qué se absuelve al reo.
La tercera burrada que frecuentemente se puede leer en las columnas periodísticas es que el juicio por jurados vendría a dinamizar los procesos penales cuya duración llevan décadas... ¡Un rebuzno más!
Los procesos penales hoy son eternos, es cierto, porque las vías recursivas son excesivas, como seguirán siendo con los juicios por jurado, que no modifican una sola letra de la etapa revisora, que es donde debe encontrarse la solución de la morosidad judicial (en realidad el juicio por jurados sí modifica parte de la etapa recursiva a los fines de discriminar a las víctimas).
Como contrapartida, los juicios por jurados son ―en los guarismos preliminares― unas cinco veces más lentos que los juicios orales actuales. Primero, por razones logísticas: ¡hay que convocar 48 personas (que ninguna quiere comparecer), para seleccionar entre ellas los 18 jurados (que ninguna quiere ser), los cuales deben concurrir y estar presentes a todas las audiencias del debate!
Y además, por razones dialécticas: los abogados con los jueces están obligados a circunscribir la cuestión en el hecho y la prueba, mientras que con el jurado se adicionan horas de audiencias con retórica, sentimentalismos y prueba inconducente, que son muy eficaces para la manipulación del jurado.
La cuarta burrada, que es casi un cinismo, dice que el juicio por jurados es una garantía constitucional para la defensa en el juicio... ¡Que rebuzno estentóreo!
Ante todo, otorgar al acusado la posibilidad de elegir entre ser juzgado por un jurado o por jueces profesionales, y negársela al fiscal y a las víctimas, no constituye un "derecho" sino un "privilegio", en franca violación al principio de igualdad de armas en el proceso penal.
Por otro lado, ya ingresando al fondo de la cuestión, cabe poner de resalto que las garantías constitucionales del juicio están todas vinculadas al examen de la legalidad de la prueba de cargo y a la demostración de que se ha realizado una correcta valoración de dicha prueba.
Los jueces no pueden invocar prueba ilegal en sus sentencias y deben hacer una valoración razonada de la prueba que sí pueden utilizar, si no quieren que un tribunal de alzada se las revoque por irrazonables.
Los jurados, en cambio, ¡no dicen por qué condenan! Pueden formar convicción con prueba absolutamente ilegal (p.ej., confesiones arrancadas mediante tortura), pueden valorar la prueba de modo ilógico y absurdo... ¡y nadie nunca les va a poder revocar el veredicto!
La quinta burrada que suele manifestarse en la pluma de quienes opinan desde la premura, es que la deliberación del jurado proporciona una mayor calidad que la de los jueces... ¡Dios mío! ¡Qué manera de rebuznar!
Doce personas inexpertas nunca van a poder hacer un mejor trabajo que tres jueces letrados y experimentados (ni que uno solo). Tampoco doce personas inexpertas podrían reparar un auto, construir un puente o levantar un edificio. La inexperiencia nunca permite realizar una labor de mejor calidad.
Lo que en realidad nos deberíamos preguntar es: ¿cómo saber si el trabajo que realizan los jurados es o no de calidad si se los obliga a juzgar sin fundamentar nada y sin decir por qué condenan o absuelven?
El veredicto razonado y por escrito ―que sólo brinda el juez o tribunal letrado― permite evaluar el trabajo del juez o tribunal, mientras que para evaluar el trabajo del jurado (que nada fundamenta, porque así lo manda la ley), hay que ser adivino o mentalista.
La sexta burrada de los promotores del juicio por jurados y que los columnistas hacen suya, es el argumento de que, si se presume el conocimiento del derecho, es una contradicción afirmar que quien lo conoce no puede aplicarlo... ¡Paren de rebuznar!
Ante todo, es una burrada mayúscula decir que el derecho se presume conocido por todos (al menos no es un principio del derecho penal, que no admite ninguna presunción, salvo la de inocencia). Lo único que el reo debe saber para poder ser juzgado (y con las limitaciones y llaneza de sus conocimientos), es que la conducta que realizó (el delito) está penalmente prohibido (lo cual no requiere conocer una sola ley).
La diferencia que existe entre saber si algo está bien o mal (permitido o prohibido) y saber impartir justicia, es la misma que entre opinar si una tortilla está sabrosa o no, y ¡saber hacerla!
Hay un sinfín de burradas más —que ya son verdaderos mitos que se repiten sin ningún juicio crítico—, como pensar que el juicio por jurados sirve para combatir la corrupción, cuando ocurre todo lo contrario. O afirmar que es beneficioso porque enseñan a la ciudadanía, ¡cómo si fuera ético sacrificar la libertad del reo o los derechos de las víctimas para dar lecciones de ciudadanía! Y la mayor de todas las burradas: afirmar el disparate de que el juicio por jurados es democrático.
En verdad, quienes tienen conocimientos jurídico-penales profundos y verdaderamente velan por el mejoramiento de la administración de justicia, jamás elogiarían ni promoverían un sistema de juzgamiento tan perverso, retrógrado, oscurantista y antidemocrático como el juicio por jurados.
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