9/4/14

Error judicial: la culpa es del jurado

Por Argentina sin Juicios por Jurado

Los fallos de los jurados suelen ser un dolor de cabeza para la justicia

El error judicial es el mayor peligro que debe afrontar todo juzgador. Si el juez o el jurado se equivoca, una persona culpable vuelve a la calle o, peor aún, una persona inocente queda privada del bien más preciado en el hombre: la libertad. Ante ello, es un indiscutible dato de la realidad que los jurados cometen mayor cantidad de yerros judiciales que los jueces.

Posiblemente no haya un solo juez letrado que pueda afirmar con absoluta certeza que jamás ha equivocado un fallo. Pero hay tres circunstancias, apoyadas sobre las cualidades especiales que ostenta todo juez, que hace que cometa muchísimos menos errores que los jurados.


En primer lugar, el juez funda su veredicto. Es decir, hace por escrito una evaluación razonada y lógica de la prueba que lo lleva a condenar o absolver. Esto le obliga a poner bajo análisis toda la prueba que se produce y a efectuar un examen de la prueba que le permita arribar de modo lógico y razonado a la decisión que toma.


El jurado, por el contrario, no funda su veredicto. De modo que puede no mensurar la totalidad de la prueba que se produce. Y puede no hacer la necesaria evaluación lógica y razonada que requiere todo juzgamiento. Y si lo hace o no, nunca lo sabremos.


En segundo lugar, un juez se encuentra preparado por sus estudios universitarios (lo cual supervisa el Consejo de la Magistratura) y se halla entrenado a través de su práctica cotidiana, para valorar la prueba de modo lógico y razonado. Los estudios le permiten adquirir las herramientas necesarias para desarrollar dicha labor y la experiencia le permite no repetir los errores de razonamiento.


Los jurados, en la vereda opuesta, carecen de todo estudio que los capacite para cumplir con la labor que se les encomienda y cometen los errores de todo principiante o amateur, que se reeditan una y otra vez en cada juicio.


Por último, el veredicto escrito es de posible revisión. Un órgano superior, a través de la lectura del veredicto que ha fundado el juez de primera instancia, puede evaluar si el razonamiento seguido para condenar o absolver ha sido o no lógico. Esto no sólo obliga al juez a realizar con mucho cuidado su labor al valorar la prueba, sino que permite al tribunal superior corregir los errores en los que el juez ―como todo ser humano― puede incurrir.


En cambio, como los jurados no fundan nada, es muy difícil detectar si han cometido un error, porque el juez deja por escrito su error, pero el jurado lo oculta bajo la alfombra de la íntima convicción. Naturalmente, el error que no se detecta, no se puede corregir (y un inocente se pudre en la cárcel o un culpable vuelve a la calle).


Frente a este escenario, en el que los jurados reinciden constantemente en el error judicial (para más información siga este enlace), los "juradistas" procuran siempre proteger al jurado y responsabilizar de la producción de los errores judiciales a la policía, al instructor, a las partes, al juez que dirige el debate o a los testigos que deponen en el juicio. Esto no es más que un vil encubrimiento de los defectos del jurado.


Si la policía toma una declaración bajo tortura, o recaba dichos del imputado de modo indebido, o altera o adultera prueba, o produce prueba de modo ilegal, etc., son todas circunstancias que deben ser evaluadas por el juzgador. El juez letrado indaga sobre el modo en que se ha obtenido la prueba: si ha sido de forma legal o ilegal. Y no valora prueba que ha sido obtenida de modo espurio. Si el jurado valora esa prueba y la tiene por válida, cúlpese al jurado, pues su función es desecharla.


Si el instructor no reúne los elementos probatorios necesarios para llegar a una condena, el juez letrado absuelve. Todo juez sabe que si la prueba no alcanza, no queda otra salida más que absolver. Condenar nunca es una opción. Si el jurado condena lo mismo, a pesar de que no hay suficiente prueba de cargo, no se culpe a la instrucción por no haber recabado la prueba necesaria: cúlpese al jurado. El deber del juzgador es juzgar en base a la prueba que existe. El instructor tendrá que responder administrativamente si su trabajo ha sido mal hecho, pero el juzgador siempre debe absolver.


Un juez letrado, a pesar de que las partes sean deficientes, puede con sus conocimientos y sus indagaciones suplir los defectos en que incurran y arribar a una sentencia justa. El jurado, que es un pasivo y acrítico espectador de lo que ocurre en la sala, no puede corregir falencias (de hecho, la mayoría de las veces es el causante exclusivo del error judicial).


Si la defensa o la fiscalía se florean en la argumentación apelando al sentimentalismo, a la irracionalidad, a sofismas, a prejuicios, al clamor popular o a otras cuestiones irrelevantes para el juicio, los jueces simplemente hacen oídos sordos, cuando no reencausan el debate apercibiendo a la parte que desvía su actuación. El jurado, que es fácilmente manipulable, se empapa de todas estas cuestiones y condena o absuelve movido por estas argumentaciones intrascendentes para la justicia del caso.


Por lo expresado, es muy atinada la editorial escrita ya hace muchos años en el Diario El Debate de España (9 de marzo de 1926) con motivo del error judicial que originó la actuación de un jurado en el juzgamiento del resonado Crimen de Cuenca, cuyas palabras hago propias: "La policía y el sumario se limita a recopilar prueba que, reproducidas en el juicio oral, son apreciadas libremente por el jurado popular. Los magistrados no tienen más misión que aplicar como autómatas la pena que señala el código penal al delito definido en el veredicto, del cual no se pueden apartar. El error judicial no es responsabilidad de la policía, ni del instructor del sumario, ni de las partes, ni del magistrado que en base al veredicto del jurado dicta la sentencia. El error ha de cargarse a cuenta exclusiva del jurado" (citado por Alejandre, J.A., "La justicia popular en España. Análisis de una experiencia histórica: los Tribunales de Jurados", Madrid, 1981, p. 223).


No es posible ser más claro: el jurado es responsable del error judicial porque no cumple adecuadamente con su función de juzgar rectamente. Pero recordemos que el jurado está allí sentado porque le obligan a juzgar. La responsabilidad máxima de que doce personas no preparadas, instruidas ni entrenadas estén avocadas a una tarea que no deberían realizar, es única y exclusivamente de los legisladores que sancionan las leyes que implementan los juicios por jurado. Impútese a ellos todos los errores judiciales, pues los jurados no son más que el instrumento ciego de la torpeza legislativa.

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